El acoso sexual y/o por razón de sexo en el entorno laboral, junto con otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, son expresiones de violencia que atentan contra diversos derechos fundamentales y tienen un efecto devastador sobre la integridad física, psíquica y moral de las personas trabajadoras, especialmente de las mujeres.

Implantar protocolos de este tipo en entidades, y ámbitos sociales previene conductas que son contrarias a la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo al tiempo que, en su caso, les da un tratamiento adecuado y facilita su erradicación, además de garantizar el cumplimiento de la norma.

Asimismo, permite actuar de manera rápida, confidencial y con garantías para erradicar la conducta y proteger a la víctima durante el proceso. Si se confirma la denuncia, se actuará con la severidad necesaria. Además, el protocolo también se aplica a situaciones de trato inadecuado que, aunque no constituyan acoso, requieren intervención para prevenir problemas más graves. Dependiendo de la gravedad de los hechos, las medidas pueden variar desde advertencias hasta el despido. En general, el protocolo es visto como un mecanismo eficaz para proteger a la víctima y garantizar condiciones laborales adecuadas, evitando que la única solución sea la indemnización y extinción del contrato laboral.

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